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lunes, 9 de mayo de 2016

Los ruidos de piano y fiestas vulneran el derecho a la intimidad personal y familiar de los vecinos

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En este caso, una comunidad de propietarios demandó a unos de sus vecinos amparándose en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal ejercitando acción de cesación de actividades molestas. 

La sentencia de primera instancia, que fue comfirmada por la Audiencia Provincial, declaró que los ruidos transmitidos a las viviendas de la comunidad de vecinos con motivo del funcionamiento del piano y fiestas de los demandados, constituye una inmisión ilegitima, perjudicial y nociva, vulneradora del derecho fundamental a la intimidad personal y familiar en el ámbito domiciliario a los vecinos afectados.

Condena a los demandados solidariamente y a su elección a que: - Cesen de manera inmediata y de modo definitivo en las molestias por ruidos de piano que se viene produciendo desde el piso de su propiedad e impidan su uso. - Si desean continuar tocando el piano en el inmueble, se adopten las medidas de insonorización adecuadas para evitar que las inmisiones no sean civilmente excesivas y molestas para los vecinos.

Sentencia Audiencia Provincial de Burgos, 05-01-2016 (Extracto) En definitiva, la comunidad de propietarios exige, con independencia de que se hubiese o no quitado el piano de la casa, un compromiso serio y definitivo del cese de las molestias procedentes del piso NUM003, compromiso que los demandados no expresaron de forma terminante , por lo que la juzgadora a quo entendió que la retirada satisfacía de forma insuficiente las pretensiones impetradas por la comunidad de propietarios en su demanda.

lunes, 9 de marzo de 2015

Los administradores de fincas alertan que el 20% de las comunidades de vecinos corren riesgo de una sanción fiscal

El colegio profesional de administradores de fincas de Madrid (cafmadrid) alerta que el 20% de las comunidades de propietarios no están informadas de la nueva exigencia fiscal, que les obliga a declarar las operaciones con terceros (empresas de reformas, ascensores, etc.) cuando hayan superado en su conjunto y durante el año 2014 la cifra de 3.005,06 euros.
Conocido como el modelo 347, las comunidades de propietarios están obligadas a presentar desde el 1 de enero de 2014 y con efectos desde este mes de febrero de 2015, este trámite a hacienda. “este modelo solo se puede presentar hasta el 2 de marzo y, sin embargo, todavía muchas comunidades desconocen esta obligación fiscal,  omisión en su presentación que puede derivar en importantes sanciones económicas”, señala la presidenta de la institución.
El cafmadrid recuerda que la información sobre dichas operaciones frente a terceros debe ser facilitada por la propia comunidad a través de su administrador de fincas colegiado y sobre una base de cómputo anual, de ahí que sea ahora el momento de presentar el modelo 347 correspondiente a 2014.
 
Según la institución, el 20% de las comunidades de propietarios, que se corresponde con aquellas que por su tamaño son administradas por los vecinos o negligentemente por un administrador de fincas no profesional, puede incurrir en una infracción tributaria por omisión de esta declaración anual. tipificada por ley, la sanción consiste en una multa de 20 euros por cada proveedor que no se haya reflejado en el modelo 347, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
“Además”, insiste martínez torres, “todas las entregas y adquisiciones de bienes o servicios a la comunidad deberán ir acompañadas por la correspondiente factura”. esto es, si la comunidad realizó una obra por importe superior a 3.005,06 euros y no solicitó o le entregaron factura puede ser sancionable, por estar tipificado en el artículo 201 de reglamento general de actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria.
 
Y aunque esta sanción afecta el expedidor de la factura (empresa de reforma en este caso), puede existir el supuesto de responsabilidad subsidiaria, haciendo responsables del pago de las cuotas tributarias a los destinatarios de las operaciones que sean empresarios o profesionales, como son en este caso las comunidades de propietarios.
El Colegio profesional de administradores de fincas de Madrid (cafmadrid) aplaude este control tributario para empresarios o profesionales que prestan sus servicios a los edificios residenciales, “ya que permitirá aflorar importantes fraudes fiscales que hasta ahora se le escapaban a hacienda, y profesionalizará el sector de la administración de fincas”. “ahora bien”, concluye la institución, “esta exigencia fiscal tiene excepciones: la comunidad de propietarios no tendrá que informar sobre los gastos en suministros de agua, energía eléctrica y combustibles de cualquier tipo con destino a su uso y consumo comunitario”.  tampoco estarán sujetos a esta información los seguros que tengan por objeto el aseguramiento de bienes y derechos de zonas y elementos comunes.
Ricardo Vos administrador de fincas, Administración Comunidades de Propietarios en Madrid

FUENTE: http://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2015/02/18/734821-los-administradores-de-fincas-alertan-que-el-20-de-las-comunidades-de-vecinos-corren

miércoles, 19 de noviembre de 2014

DIVIDENDO DIGITAL



Como todos conocen próximamente entrará en vigor el "Dividendo Digital", que tiene cmo objetivo liberar de televisión las frecuencias superiores a 790 Mtz para dedicarlas a servicios avanzados de telefonía móvil en banda ancha 4G

Así las cosas, los canales y cadenas de televisión afectados deben de reubicarse y agrupases en otros canales, lo que significa tener que realizar la adaptación de todas las antenas colectivas.
Según información del Ministerio, desde el día 24 de octubre existen emisiones simultaneas por los canales antiguos y nuevos, para que las Comunidades puedan realizar las adaptaciones de su antena, quedando únicamente los nuevos a partir del 1 de enero de 2015,

Desde la Administración de la Comunidad se está gestionando  la instalación de los nuevos módulos de tal forma que lleguemos al 1 de enero de 2015 con la adaptación hecha para que no exista ningún problema

Quedamos a su disposición para la resolución de cualquier duda que pueda surgir